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10/25/2011

Los derechos políticos de las mujeres indígenas


Las mujeres indígenas no son pasivas ante la violación de sus derechos, en los últimos años han formado organizaciones y han generado condiciones para el reconocimiento y el respeto a esas garantías.
Aunque han hecho visibles sus propias demandas dentro de los movimientos indígenas en los que han participado, aún existe una profunda desigualdad en el ejercicio de sus derechos políticos con respecto a los hombres.
Sin pretender en absoluto justificar esta desigualdad, hay que decir que pensar el tema de la participación política de las mujeres es pensar en el tema de la diferencia en la igualdad, y en el tema de los derechos individuales y colectivos: en primer lugar, hay que entender la propia forma en que las mujeres indígenas luchan al interior de las comunidades con una concepción no de ruptura con lo comunitario, sino en base a una complementariedad entre hombres y mujeres que permea la cosmovisión de los pueblos originarios de toda América Latina. En segundo lugar, no ver la participación política de las mujeres indígenas circunscrita a lo meramente electoral, es decir, el ejercicio de votar. Es necesario generar una serie de condiciones para que las mujeres indígenas ejerzan sus derechos políticos y participación con libertad e igualdad de condiciones, desde el mejoramiento del nivel de vida, hasta la garantía de la libertad de asociación u organización sin la presión interna de la comunidad y sin injerencia de programas gubernamentales o no gubernamentales.
Hoy por hoy, existen factores que afectan de manera directa no sólo sus derechos políticos, sino al conjunto de sus derechos humanos y colectivos: las mujeres han hecho frente al desastre humano provocado por la situación económica: en condiciones de extrema pobreza, alimentan y visten a los y las hijas, son la primera línea en la defensa de la tierra y el territorio, las semillas, los recursos, ante la migración de hombres adultos y jóvenes asumen la dirección de la familia, etc., y cada vez más asumen estas responsabilidades de manera colectiva, creando y fortaleciendo organizaciones comunitarias.
Pero al mismo tiempo, esta misma situación sigue siendo un enorme obstáculo para lograr el respeto a sus derechos: el analfabetismo, la desnutrición, la cantidad y las cargas de trabajo, el monolingüismo, entre otros elementos, limitan su participación en la vida política de la comunidad, del municipio, del estado, del país.
Es por ello que la participación política de las mujeres debe entenderse en el contexto de las propias formas de organización de las comunidades indígenas, cuidando bien de no justificar situaciones de subordinación con el tema de los usos y costumbres, tema muy polémico en el ámbito de los derechos humanos.
El concepto mismo de usos y costumbres está rebasado: los pueblos y comunidades indígenas tienen sistemas normativos propios, equivalentes conceptual y procedimentalmente al sistema normativo constitucional. Pero estos sistemas no han sido reconocidos en México y por ello, ante la ausencia de un marco de pluralismo jurídico, normalmente entran en contradicción en la cotidianidad de los pueblos. Estos sistemas normativos indígenas no son homogéneos; efectivamente, existen muchos casos en los que, mediante estos sistemas, se impide que las mujeres indígenas participen en una elección o sean elegidas para ocupar cargos de gobierno de la comunidad; se han dado casos en que las mujeres indígenas manifiestan su preferencia del sistema electoral para poder votar, participar y tomar cargos cuando no se les permite. Existen otros más como las autonomías que se han organizado no sólo en Chiapas sino en otras regiones del país, en las que se están creando nuevos sistemas normativos a partir de reglas comunitarias ya existentes y la incorporación de nuevas para establecer relaciones más justas y equitativas entre hombres y mujeres y asegurar una mayor participación de las mujeres en cargos de gobierno, cosa que aún no se logra.
En todo caso, las mujeres indígenas todavía están fuera de los cargos de poder y decisión dentro de la comunidad, de su organización y de las estructuras políticas de su municipio, región o estado, pues ni la vía electoral, ni la de los sistemas normativos propios, garantizan, hasta el día de hoy, la vigencia de sus derechos políticos.
El tema de los “usos y costumbres” no debe ser utilizado como un argumento para no reconocer los sistemas normativos indígenas y las autonomías, pues es un argumento que también considera, desde una visión colonizadora y discriminatoria, a las mujeres indígenas como seres pasivos y vulnerables y no como activas defensoras de sus propios derechos. Las mujeres indígenas han demostrado que pueden consolidar organizaciones locales con articulaciones nacionales e internacionales para lograr el reconocimiento de sus derechos y buscar solución a sus demandas tanto al interior de sus comunidades como fuera de ellas.
Los esfuerzos deben dirigirse a abrir esos candados que impiden que las mujeres puedan ejercer sus derechos políticos; uno de ellos es el que imposibilita a las mujeres el acceso a la tierra y por tanto a su participación en la asamblea que es el órgano supremo de decisión de la comunidad. Otro es la reflexión en las propias comunidades sobre el equilibrio que debe existir los derechos de las mujeres y las decisiones colectivas mediante la visibilización de las condiciones de discriminación hacia la mujer. Obviamente, es fundamental el reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos indígenas como marco para éstos ejerzan la libre determinación, no sólo en el papel, sino en la vivencia de cada día, y las mujeres indígenas puedan participar, de la forma que ellas elijan, en la vida política de sus pueblos y de su país.
“Yo no sé leer ni escribir, pero no necesito saberlo para sentir que me discriminan”
Doña Jose, mazahua del Estado de México1

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* Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Conversemos en Twitter: @TnBbDk
Más información en www.conapred.org.mx

1 Citada por Martha Sánchez Néstor, “Ser mujer indígena en México: una experiencia personal y colectiva en el movimiento indígena en la última década”, en Martha Sánchez Néstor (coordinadora). La otra mirada, voces e historias de mujeres indígenas latinoamericanas. México. UNIFEM. 2005.
Hilda Téllez Lino*

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