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7/03/2009

Fiscalía acusa a un teniente y a dos soldados por homicidios Wayúu

Por: Colprensa



[1 de julio de 2009] Por el presunto homicidio de tres indígenas Wayúu (Guajira), entre ellos un menor de edad, un fiscal de la Unidad Nacional de Derechos Humanos profirió resolución de acusación en contra del teniente del Ejército Juan Carlos Galvis Cadavid y los soldados Pedro Benavides Martínez y Nelson Correa Tapia, adscritos al Gaula, Guajira.



Los hechos por los que se tomó la medida ocurrieron el 21 de enero de 2006 en la vereda Wuasimal, jurisdicción del municipio Albania (Guajira), donde en un allanamiento fueron muertos los indígenas Gasparito Cambar Ramírez, menor de edad, Luis Fince y Javier Pushaina Pushaina.



Según la versión de los uniformados estos tres indígenas fueron muertos en combate.

De acuerdo con la Fiscalía los tres militares serían responsables de homicidio agravado en concurso homogéneo con lesiones personales.



Tanto el oficial como los soldados están privados de la libertad en una guarnición militar.



Tomado de: http://www.lapatria.com/Noticias/ver_noticia.aspx?CODNOT=69757&CODSEC=5



A juicio tres militares por el homicidio de indígenas Wayúu presentados como muertos en combate




Por: Caracol Radio



[1 de julio de 2009] La Fiscalía llamó a juicio a un teniente y dos soldados profesionales por su presunta responsabilidad en el asesinato de tres indígenas, entre ellos un menor de edad, quienes fueron presentados como integrantes de un grupo ilegal muertos en combates.


La determinación fue tomada por un fiscal de la Unidad de Derechos Humanos, que encontró méritos para acusar al teniente Juan Carlos Galvis y a los soldados Pedro Benavides y Nelson Correa, adscritos al Gaula, como presuntos responsables de homicidio agravado y lesiones personales.


La decisión judicial está relacionada con los hechos ocurridos el 21 de enero de 2006 en la vereda Wuasimal, jurisdicción del municipio Albania, Guajira, donde en un allanamiento fueron muertos los indígenas Wayúu, Gasparito Cambar Ramírez, menor de edad, Luis Fince y Javier Pushaina Pushaina, que fueron presentados como bajas en combate.


Tanto el oficial como los soldados están privados de la libertad en una guarnición militar.



Tomado de: http://www.caracol.com.co/nota.aspx?id=837615

1 comentario:

  1. Bucaramanga, 14 de enero de 2019

    Señor
    MIGUEL IVÁN RAMÍREZ BOSCÁN
    Editor Portal NotiWayuu.
    noticiaswayuu@gmail.com
    E.S.D

    Asunto: Retractación, rectificación y anulación de noticia web (SEGUNDA VEZ).

    JUAN CARLOS GALVIS CADAVID, Ciudadano colombiano identificado con cedula de ciudadanía número 80201167 de Bogotá, Oficial activo del Ejército Nacional y con domicilio principal en la carrera 32B No 14-02, Batallón Caldas, edificio Camacho Leyva apto 402 de la ciudad de Bucaramanga; en ejercicio del derecho a la Honra y al buen nombre consagrado en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, de forma respetuosa me permito solicitar que se autorice a quien corresponda, la retractación, rectificación y anulación de la noticia “Fiscalia acusa a un teniente y a dos soldados por homicidios Wayúu” (sic), publicada el día 01 de julio de 2009, y que a la fecha presente, continua en la dirección electrónica: http://notiwayuu.blogspot.com.co/2009/07/fiscalia-acusa-un-teniente-y-dos.html, con base en los siguientes
    Hechos:

    1. Dentro del expediente No 44001310700120090001300, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de la ciudad de Riohacha, el pasado 26 de enero del año 2017, emitió sentencia ABSOLUTORIA, a favor de JUAN CARLOS GALVIS CADAVID, NESTOR EMILIO CORREA TAPIAS y PEDRO LUIS BENAVIDEZ MARTINEZ.

    2. Dentro del expediente No 44001310700120090001300, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de la ciudad de Riohacha mediante auto de fecha 08 de agosto del año 2017, se declaró desierto el recurso de apelación.

    3. Dentro del expediente No 44001310700120090001300, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de la ciudad de Riohacha mediante providencia motivada, de fecha 25 de octubre del año 2017, declaró ejecutoriado el fallo de primera instancia, quedando en firme la sentencia ABSOLUTORIA, y recociendo la inocencia a favor de JUAN CARLOS GALVIS CADAVID, NESTOR EMILIO CORREA TAPIAS y PEDRO LUIS BENAVIDEZ MARTINEZ.

    4. La noticia que esta publicada en la página web antes referida, ha destruido mi buen nombre y honra, ha afectado mi salud debido a la parcialidad y prejuzgamiento, y obedece a una acusación temeraria y sin fundamento.

    5. La Honorable Corte Suprema de Justicia en Fallo de Tutela No STP16297-2018, con Radicación Nº 101743 y Ponencia del Honorable Magistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, me ordeno: “los medios de comunicaciones que divulgaron tal información fueron las Emisoras Radio Santafé, Caracol Radio, las páginas web de los Diarios El Pilón, Notiwayuu y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo; en consecuencia, bien puede acudir ante las citadas sociedades y elevar la solicitud que ahora formula al juez constitucional” (sic).

    PRETENSIONES:

    1. De forma cortes, me permito solicitar que en el término de la instancia, se realice la rectificación y retractación de la noticia demandada.

    2. Solicito muy respetuosamente, una excusa publica por la vulneración a mi derecho fundamental al Buen Nombre.

    3. De forma respetuosa, me permito solicitar que en el término de la instancia, se ordene el bloqueo del link que contiene la noticia demandada.


    Cordialmente.











    Copia : Procuraduría General de la Nación
    Defensoría del Pueblo

    Anexo : Copia de la Boleta de Libertad (01 folio útil)
    Copia de la Declaratoria de Ejecutoria del Fallo (01 folio útil)

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