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9/23/2008

3. La síntesis de los veredictos


a. Veredictos


El Tribunal recibió presentaciones de veredictos de Tribunales de Opinión y audiencias llevados a cabo en los últimos años sobre diferentes aspectos de la situación de Derechos Humanos en Colombia:


- Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 29 de noviembre de 2003 (Paris), sobre la Impunidad (Caso Sur de Bolívar);

- Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 23 de noviembre de 2007 (Bogotá), sobre el Desplazamiento Forzado;

- Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 26 de abril de 2008 (Bogotá), sobre la Desaparición Forzada, un Crimen de Estado;

- Sentencia del Tribunal Permanente de los Pueblos del 23 de julio de 2008 (Bogotá), sobre Empresas Transnacionales y Derechos de los Pueblos en Colombia 2006-2008, preparado por 3 sesiones previas.


Estos veredictos están adjuntos a esta Declaración. Todos son resultados de procesos extensos de recaudar documentación y escuchar numerosos testimonios de viva voz de víctimas y de expertos, inclusive cada Tribunal se acompañó de varios audiencias regionales previas, y también proporcionaron testimonios de víctimas y organizaciones sociales.


b. Conclusiones de los Tribunales sobre los hechos


Los datos y hechos presentados en todos los Tribunales, llaman la atención sobre la alarmante situación que sigue viviendo Colombia. Todos los Tribunales conocieron una larga lista de violaciones de Derechos Humanos: asesinatos, desapariciones, tortura, amenazas, detenciones, destrucción de cultivos, desplazamientos forzosos. Estos se han dado con la complicidad o incapacidad casi completa del sistema judicial, al no otorgar protección ni respuesta alguna a las mismas. Esto último implica un marco sistemático de impunidad para los responsables de las violaciones.


Algunos de los hechos sirven para ilustrar la situación: más de 4 millones de colombianos han sido desplazados dentro del país; otra cantidad superior ha huido al exterior. El desplazamiento se lleva a cabo por medio de fumigaciones de cultivos, aún en regiones sin coca, bombardeos indiscriminados, asesinatos, hostigamiento por paramilitares, capturas masivas. Además, entre 2002 y 2007, se registraron al menos 955 casos de ejecuciones extrajudiciales cometidas por las fuerzas militares, en casi el mismo período, 11.292 personas fueron asesinadas o desaparecidas. En los últimos 30 años, solamente los desaparecidos llegan a 30.000 personas.


Responsabilidad del Estado Colombiano


Todos los veredictos señalan la responsabilidad del Estado colombiano en la gran mayoría de las violaciones conocidas, o sea por ser cometidos directamente por militares, policías u otros oficiales del Estado, o por los paramilitares creados y auspiciados por el Estado. El nexo entre la estrategia paramilitar y el Estado quedó claramente señalada en todos los veredictos, que se refieren a los aspectos legislativos que abrieron paso a su creación en 1968, al uso de equipo y vehículos militares para operaciones paramilitares y la incorporación directa de soldados en estos grupos.


Los veredictos concuerdan en que sigue existiendo una situación de impunidad casi completa para los autores de violaciones de Derechos Humanos en Colombia, en este sentido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a notó:


"Quienes monitorean los Derechos Humanos evalúan que virtualmente el 100% de todos los crímenes que involucran violaciones de los Derechos Humanos no son castigados. La experiencia de la Comisión... apoya sustancialmente esta aseveración. La Comisión conoce solo muy pocos casos en los que agentes Estatales responsables por violaciones a los Derechos Humanos han recibido fallos penales condenatorios."


La impunidad continúa a pesar de medidas legislativas supuestamente dirigidas a reducirla. Por ejemplo, después de varios intentos y cuatro proyectos de ley fallidos para tipificar la desaparición forzada de personas como delito, se aprueba la Ley 589 de 2000, por medio de la cual se tipifica la desaparición forzada, la tortura y el genocidio. Sin embargo, después de siete años de vigencia de esta ley, no se ha procesado y menos aun condenado a ninguna persona bajo ella.


En el año 2003, el gobierno nacional aprobó las leyes de reinserción de los paramilitares, las cuales están contribuyendo a reforzar e institucionalizar su impunidad. La Ley 782 de 2002 benefició a más de 35.000 paramilitares, quienes al acogerse a la referida ley no se les procesó penalmente y además obtenían una ayuda económica mensual (esto fue modificado por la sentencia C-370 de 2006 que declaró la inconstitucionalidad de algunas normas de la Ley 975 de 2005), financiamiento de proyectos productivos, preferencias para aspirar a puestos laborales y de formación académica. Además, aquellos postulados de las estructuras paramilitares que tenían abiertos procesos penales ante la justicia ordinaria por delitos de lesa humanidad, en virtud de Ley 975 de 2005, denominada "Ley de Justicia y Paz", solo pagaran penas que oscilarán entre un mínimo de 4 años y un máximo de 8 años de prisión (si estos delitos fueran juzgados por la justicia ordinaria recibirían penas hasta de 45 años). En el marco de esta norma los jefes paramilitares han venido en versión libre, confesando la comisión de miles de crímenes atroces selectivos, masivos y sistemáticos como desapariciones forzadas, torturas, descuartizamientos, ejecuciones, desapariciones forzadas, tráfico de estupefacientes, entre otros.


La lógica de la represión


Y por último, todos los veredictos concluyeron que el Estado, los paramilitares y las empresas multinacionales son actores que benefician de manera económica o política los resultados de las violaciones, por razón del cual no convence el pretexto de que las violaciones sean efectos secundarios del conflicto armado. El beneficio político de las violaciones se siente en la desarticulación y temor que causan dentro de los movimientos sociales, que debilita la oposición política; y más directamente, en los acuerdos directos entre políticos y paramilitares para asegurar el voto compulsivo a su favor.


El veredicto del caso Sur de Bolívar concluyó que múltiples casos de asesinatos, masacres, desapariciones forzadas, y otras violaciones buscan facilitar la agenda de apoderarse de recursos del área, en particular de yacimientos auríferos.


El desplazamiento forzado, que ha resultado de expulsar la población de grandes zonas del país, en particular comunidades indígenas, campesinas y negras, constituye una de las más grandes crisis humanitarias engendradas dentro del conflicto. Sin embargo, el gobierno niega su existencia. El veredicto de este Tribunal apuntó a que el desalojo de barrios, comunidades y hasta pueblos enteros en el caso de la población indígenas, no es únicamente consecuencia directa o indirecta de los enfrentamientos entre actores del conflicto, sino que se concentra en regiones de gran valor estratégico y económico, sirviendo a los intereses económicos nacionales e internacionales que buscan impulsar sus proyectos agrícolas, industriales, mineros, portuarios, turísticos, viales, etc. Por ello, el desplazamiento forzoso continúa un proceso de desarraigo iniciado con la conquista española, y ha servido para facilitar una alta concentración de las mejores tierras en el país en pocas manos. Además, el Tribunal concluyó que el desplazamiento forzado sirve para recuperar zonas política y socialmente organizadas opuestas al proyecto gubernamental.


De igual manera, el veredicto sobre la desaparición forzada apuntó cambios significativos de esta actividad, en el que las victimas de la detención y desaparición forzada ya no son únicamente los opositores políticos (como se ha verificado históricamente, resultando en un beneficio político obvio), sino también afecta a las personas de sectores de la población consideradas "basura social": indigentes, mujeres prostituidas, drogadictos, minorías sexuales y afrocolombianos; o sea, personas consideradas no productivas para el modelo económico dominante.


El crecimiento dramático de la inversión extrajera en Colombia señalado en el veredicto sobre empresas transnacionales documentó, que entre 1990 y 1997 la inversión extranjera creció por 1,300%; entre 2000 y en el 2005 creció otro 168%. Dada la teoría económica de que la inversión huye de la inestabilidad y de vacíos legales, está cifra respalda la observación de que en Colombia, la violencia y las violaciones de Derechos Humanos sirven a los intereses de las compañías grandes. De hecho, los Tribunales conocieron situaciones en que empresas multinacionales contratan o financian directamente a los grupos paramilitares.


El Tribunal sobre Empresas Transnacionales aporta un elemento nuevo para el análisis del ya complejo conflicto Colombiano, permitiendo evaluar el papel que juega la comunidad internacional en el desarrollo del conflicto, los intereses en juego, y los comportamientos que adoptan. Señaló específicamente el papel que han jugado las empresas transnacionales que actúan en Colombia en el conflicto y su involucramiento en prácticas violatorias de los Derechos Humanos, entre ellos destacan los siguientes empresas europeas: Nestlé, Holcim, Glencore-Xtrata, Anglo American,Cartón de Colombia, British Petroleum, Repsol YPF, Unión Fenosa, Endesa, Aguas de Barcelona, Telefónica, Canal Isabel II, Brisa S.A., Banco BBVA y Banco Santander.


Finalmente, todos los Tribunales han responsabilizado al Estado colombiano no sólo de violaciones de Derechos Humanos sino de crímenes de lesa humanidad, incluyendo: homicidio, ejecuciones extrajudiciales, exterminio, genocidio, desplazamiento forzado, privación de la libertad, persecución política y racial, tortura y desaparición forzada, todos en el contexto de un ataque sistemático dirigido contra la población civil. Todos los veredictos articularon una fuerte condena de la situación de impunidad que ha mantenido el Estado colombiano, los efectos de la destrucción del tejido social, el creciente empobrecimiento y la profundización de la desigualdad, completan el cuadro de una ausencia total de democracia.

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